3 ago 2012

CSI-F Fomento: Solicita 25% paga extra de Navidad

Adjunto remitimos solicitud para percibir parte de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, confeccionada por nuestra Asesoría jurídica,  porque ésta se empieza a generar en el mes de Junio, es decir, comprende el periodo de tiempo desde el 1 de Junio hasta el 30 de Noviembre.

El Real Decreto Legislativo 20/2012, de 13 de Julio, de Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y del fomento de la competitividad, entra en vigor al día siguiente de su publicación (a excepción de algunos artículos) suprime la precitada paga extra de diciembre.

Por lo tanto, se puede solicitar la parte proporcional en la paga extraordinaria de Navidad por el periodo transcurrido de Junio y los 14 días de Julio (mes y medio) o lo que es lo mismo, el 25% de dicha paga, aproximadamente. Esta reclamación viene fundamentada en el artículo 9.3 de nuestra Constitución que establece la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales.