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5 oct 2012

Paga Extra Navidad: Información Jurídica de Interés

Debido a la inquietud generada en todos nosotros, ante la duda y posibles consecuencias de reclamar o no la parte proporcional de Extra, informaros que:

Con fecha 11 de septiembre, se han reunido los Abogados que forman parte de las ASESORÍAS JURÍDICAS de los siguientes Sindicatos y Asociaciones Profesionales, pertenecientes a la Función Pública y que forman parte de la Plataforma Sindical de los Empleados Públicos: UGT - CCOO – CSIF – S.LIBRE – USO – ANPE (Enseñanza) – CEP, SPP Y UFP (Policía) – CESM (Médico) – SATSE (Ats) – USAE (Aux de Enfermería) – FESESS (Subinspect. de Empleo y SS) – GESTHA (Técnicos del Ministerio de Hacienda)…

Tras un intenso análisis Jurídico de la situación de los recortes a los Empleados Públicos, han concluido CONSENSUADAMENTE que LA UTILIZACIÓN DE RECLAMACIONES INDIVIDUALES MASIVAS de los propios Afiliados, ES NEGATIVA por las consecuencias de su práctica (principalmente las costas del contencioso, que serían por cuenta individual en base a la última reforma procesal).

Respecto a las Pagas Extras, se concluye que es necesario tener una DETRACCIÓN EFECTIVA en la Nómina para poder iniciar la reclamación, salvo para aquellos que ya les estén descontando en su Nómina parte de la paga extra antes de Diciembre.

Por todo lo cual, LA RECLAMACIÓN INDIVIDUAL DE CANTIDAD SE LLEVARÍA A CABO A PARTIR DEL IMPAGO por la persona designada por cada Sindicato y en dos formas posibles:
PERSONAL LABORAL: Técnica del Conflicto Colectivo.
PERSONAL FUNCIONARIO: Reclamación Administrativa.

La Plataforma ha de aclarar si adopta una estrategia jurídica única y la forma en que habilita a la Comisión Jurídica.

NO OBSTANTE, como resumen, Y CON REFERENCIA A LA DIFUSIÓN POR PARTE DE ALGÚN SINDICATO DE MODELOS DE RECLAMACIÓN O RECURSOS INDIVIDUALES FRENTE A LA FORMA DE APLICACIÓN DEL NUEVO TIJERETAZO SALARIAL, DESDE LOS SERVICIOS JURÍDICOS DE CSI·F SE INFORMA QUE:

La interposición de reclamaciones/recursos individuales o colectivos directos frente a disposiciones con rango de Ley, serán desestimadas tanto en vía administrativa como judicial, produciendo efectos de cosa juzgada que implica la imposibilidad de volver a reclamar sobre lo mismo en el futuro.

Una vez formulada la interposición de dichas reclamaciones, el abandono de las mismas, implica la consideración de acto consentido sobre la reclamación planteada, con consecuencias negativas para las personas promotoras quienes no podrán volver a reclamar sobre lo mismo en el futuro.

En cualquier caso, no será posible reaccionar jurídicamente contra dichas medidas restrictivas de nuestros derechos salariales hasta tanto no se lleven a efecto actos administrativos o de gestión dictados en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto Ley. Por tanto, sólo en el momento que se lleve a efecto en nómina o a través de otra actuación administrativa, la operación prevista en dicho Real Decreto se podrá accionar jurídicamente contra las medidas de restricción salarial adoptadas.

Por tanto, desde esta CENTRAL SINDICAL se pide CAUTELA en lo que respecta a las acciones jurídicas a formular de forma individual, por las consecuencias negativas que puedan acarrear para las personas promotoras de las mismas, MÁXIME TENIENDO EN CUENTA LA ÚLTIMA REFORMA PROCESAL QUE IMPLICA LA IMPOSICIÓN DE COSTAS JUDICIALES A LAS PERSONAS DEMANDANTES QUE VEAN DESESTIMADAS SUS PRETENSIONES EN VÍA JUDICIAL.

Con independencia de todo lo anterior, y como quiera que desde esta CENTRAL SINDICAL estamos total y absolutamente de acuerdo con la interposición de acciones reivindicativas en defensa de los derechos salariales de todos los empleados públicos ante los atentados directos, que de forma continua y reiterada vienen sufriendo en los mismos, nuestros servicios jurídicos están estudiando las mejores fórmulas de reacción y protección jurídica a través de la formulación en su día de acciones judiciales en nombre de CSIF, a fin de evitar más riesgos económicos a nuestros afiliados, adoptando asimismo todas las acciones de defensa posibles dentro de la plataforma sindical que las distintas organizaciones sindicales hemos creado.

Para cualquier duda que os pueda surgir al respecto, tenéis a vuestra disposición la Asesoría Jurídica del Sindicato, cuyos profesionales os darán toda la información que preciséis al respecto.

27 ene 2012

El desprecio político al Funcionario

El desprecio político al funcionariado


Contra la bajada salarial y el incremento de jornada en la función pública

FRANCISCO J. BASTIDA CATEDRÁTICO DE DERECHO CONSTITUCIONAL 
Con el funcionariado está sucediendo lo mismo que con la crisis económica. Las víctimas son presentadas como culpables y los auténticos culpables se valen de su poder para desviar responsabilidades, metiéndoles mano al bolsillo y al horario laboral de quienes inútilmente proclaman su inocencia. Aquí, con el agravante de que al ser unas víctimas selectivas, personas que trabajan para la Administración pública, el resto de la sociedad también las pone en el punto de mira, como parte de la deuda que se le ha venido encima y no como una parte más de quienes sufren la crisis. La bajada salarial y el incremento de jornada de los funcionarios se aplaude de manera inmisericorde, con la satisfecha sonrisa de los gobernantes por ver ratificada su decisión. 

Detrás de todo ello hay una ignorancia supina del origen del funcionariado. Se envidia de su status -y por eso se critica- la estabilidad que ofrece en el empleo, lo cual en tiempos de paro y de precariedad laboral es comprensible; pero esta permanencia tiene su razón de ser en la garantía de independencia de la Administración respecto de quien gobierne en cada momento; una garantía que es clave en el Estado de derecho. En coherencia, se establece constitucionalmente la igualdad de acceso a la función pública, conforme al mérito y a la capacidad de los concursantes. La expresión de ganar una plaza «en propiedad» responde a la idea de que al funcionario no se le puede «expropiar» o privar de su empleo público, sino en los casos legalmente previstos y nunca por capricho del político de turno. Cierto que no pocos funcionarios consideran esa «propiedad» en términos patrimoniales y no funcionales y se apoyan en ella para un escaso rendimiento laboral, a veces con el beneplácito sindical; pero esto es corregible mediante la inspección, sin tener que alterar aquella garantía del Estado de derecho. 

Los que más contribuyen al desprecio de la profesionalidad del funcionariado son los políticos cuando acceden al poder. Están tan acostumbrados a medrar en el partido a base de lealtades y sumisiones personales, que cuando llegan a gobernar no se fían de los funcionarios que se encuentran. Con frecuencia los ven como un obstáculo a sus decisiones, como burócratas que ponen objeciones y controles legales a quienes piensan que no deberían tener límites por ser representantes de la soberanía popular. En caso de conflicto, la lealtad del funcionario a la ley y a su función pública llega a interpretarse por el gobernante como una deslealtad personal hacia él e incluso como una oculta estrategia al servicio de la oposición. Para evitar tal escollo han surgido, cada vez en mayor número, los cargos de confianza al margen de la Administración y de sus tablas salariales; también se ha provocado una hipertrofia de cargos de libre designación entre funcionarios, lo que ha suscitado entre éstos un interés en alinearse políticamente para acceder a puestos relevantes, que luego tendrán como premio una consolidación del complemento salarial de alto cargo. El deseo de crear un funcionariado afín ha conducido a la intromisión directa o indirecta de los gobernantes en procesos de selección de funcionarios, influyendo en la convocatoria de plazas, la definición de sus perfiles y temarios e incluso en la composición de los tribunales. Este modo clientelar de entender la Administración, en sí mismo una corrupción, tiene mucho que ver con la corrupción económico-política conocida y con el fallo en los controles para atajarla. 

Estos gobernantes de todos los colores políticos, pero sobre todo los que se tildan de liberales, son los que, tras la perversión causada por ellos mismos en la función pública, arremeten contra la tropa funcionarial, sea personal sanitario, docente o puramente administrativo. Si la crisis es general, no es comprensible que se rebaje el sueldo sólo a los funcionarios y, si lo que se quiere es gravar a los que tienen un empleo, debería ser una medida general para todos los que perciben rentas por el trabajo sean de fuente pública o privada. Con todo, lo más sangrante no es el recorte económico en el salario del funcionario, sino el insulto personal a su dignidad. Pretender que trabaje media hora más al día no resuelve ningún problema básico ni ahorra puestos de trabajo, pero sirve para señalarle como persona poco productiva. Reducir los llamados «moscosos» o días de libre disposición -que nacieron en parte como un complemento salarial en especie ante la pérdida de poder adquisitivo- no alivia en nada a la Administración, ya que jamás se ha contratado a una persona para sustituir a quien disfruta de esos días, pues se reparte el trabajo entre los compañeros. La medida sólo sirve para crispar y desmotivar a un personal que, además de ver cómo se le rebaja su sueldo, tiene que soportar que los gobernantes lo estigmaticen como una carga para salir de la crisis. Pura demagogia para dividir a los paganos. En contraste, los políticos en el poder no renuncian a sus asesores ni a ninguno de sus generosos y múltiples emolumentos y prebendas, que en la mayoría de los casos jamás tendrían ni en la Administración ni en la empresa privada si sólo se valorasen su mérito y capacidad. Y lo grave es que no hay propósito de enmienda. No se engañen, la crisis no ha corregido los malos hábitos; todo lo más, los ha frenado por falta de financiación o, simplemente, ha forzado a practicarlos de manera más discreta.